Olavarría es un municipio del centro de la provincia de Buenos Aires con un importante desarrollo inmobiliario y comercial. La zonificación local se rige por el Decreto-Ley 8912/77, que establece diferentes categorías residenciales, comerciales y de servicios. Conocer la zona de tu terreno es fundamental para planificar cualquier proyecto de construcción en el municipio.
En Olavarría encontrás cuatro zonas principales: Residencial Baja Densidad (R1) para viviendas unifamiliares, Residencial Media Densidad (R2) para PH y departamentos, Residencial Alta Densidad (R3) para multifamiliares, y Comercial (C1) para comercios y oficinas. Cada zona tiene límites específicos de altura, densidad y usos permitidos que determinan tu capacidad constructiva.
Preguntas frecuentes sobre la zonificación de Olavarría
¿Cuál es la altura máxima que puedo construir en R1?
En zona Residencial Baja Densidad (R1) la altura máxima es 9.0 metros, equivalente a 2 pisos. También está limitado el FOT a 120% y el FOS a 60% del lote.
¿Puedo hacer un comercio en planta baja de un edificio R2?
Sí, en zona R2 está permitido comercio en planta baja dentro de desarrollos de PH o departamentos. El FOT máximo es 180% con altura de 12.0 metros.
¿Qué significa FOT y FOS en la zonificación?
FOT (Factor de Ocupación Total) indica cuánto puedes construir respecto al lote. FOS (Factor de Ocupación de Suelo) limita el área ocupada en planta. Ambos varían según la zona.
¿Cuántos pisos máximo puedo hacer en zona R3?
En Residencial Alta Densidad (R3) el máximo es 4 pisos con altura de 15.0 metros. Permite vivienda multifamiliar, comercio y servicios diversos.
¿Es obligatorio dejar retiro al frente en zona C1?
No, en zona Comercial (C1) el retiro frente es 0.0 metros, es decir, podés construir hasta el frente del terreno. Esto optimiza el espacio para comercios y oficinas.
Calculá ahora la aptitud constructiva de tu terreno en Olavarría. Ir a la calculadora →
⚠ Información orientativa basada en ordenanzas municipales públicas. No constituye asesoramiento profesional. Verificá siempre con el municipio antes de iniciar tramitaciones. Fuente: Decreto-Ley 8912/77 (valores orientativos).